Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

viernes, setiembre 14, 2007

Importante reforma al Código de Contravenciones de Argentina. Penas más duras para aquellos que faciliten la explotación sexual de menores.

Buenos Aires - Argentina.- (Diario Clarín) Son fuertes multas y días de prisión. Y son mayores para gente ligada al turismo. La Legislatura porteña aprobó anoche una reforma al Código de Contravenciones, por la cual dispuso que se arreste y multe a quienes faciliten o promuevan el turismo sexual infantil en Buenos Aires. La explotación sexual de niños y niñas es un delito ya incluido en el Código Penal argentino, en la figura de "prostitución de menores". Ésta prevé una pena de hasta 15 años de prisión a quien "promueva, incite, encubra o participe en actos de prostitución infantil o abuso sexual de menores de 18 años". Sin embargo, hay pocos antecedentes de condenas contra "facilitadores", porque es un delito muy difícil de probar.
Por eso, esta reforma al Código de Contravenciones tiene mucho de exclamativo como fuertes campañas contra el abuso de menores o el control a operadores de turismo. Hasta ahora, en el Código, y respecto a cuestiones sexuales relacionadas con jóvenes menores de edad, sólo se castigaba el suministro de pornografía a menores de 18 años. Por eso, mediante la ley dispusieron que "quien promocione, publicite o proporcione ayuda, sitio o servicios a fin de que terceros involucren a niños, niñas o adolescentes a participar en actos de contenido sexual, aún cuando estos no se concreten, será sancionado con diez a 90 días de arresto y una multa de 5.000 a 100.000 pesos". La misma pena alcanzará a quien entregue a menores para que sean sometidos a actos sexuales. En tanto, si el entregador o facilitador fuera un trabajador del rubro del turismo, el arresto será de 90 días y la multa de $ 100.000, lo mismo que si perteneciera a un bar, o si fuera conductor de taxis, micro o cualquier otro transporte por el cual pudiera tener relación con un turista y así ofrecerle el contacto para abusar de un menor.
El proyecto fue presentado por los legisladores Alejandro Rabinovich (ARI) e Inés Urdapilleta (kirchnerismo), pero contó con el apoyo en comisiones de otros diputados macristas, kirchneristas y telermanistas.
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