El colmo: Guardia Civil que abusó de sus hijas recuperará su custodia en 18 meses. Una de ellas se suicidó
Madrid - España.- (EFE) El guardia civil José María C., culpable de un delito continuado de abuso sexual contra su hijastra, Patricia, que se suicidó tras presentar denuncia contra él, podrá recuperar la patria potestad de su hija pequeña, de la que también abusó, cuando cumpla la condena de un año y seis meses a la que ha sido condenado por este caso. La juez ha condenado al acusado a tres años de cárcel por abuso continuado contra la hija mayor de su pareja, y a un año y seis meses por un sólo delito reconocido de abusos contra su propia hija, Andrea, que ahora tiene diez años.
Reconoce la sentencia que 'no han concurrido circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal' del imputado, le condena asimismo a la inhabilitación para ejercer su profesión durante el tiempo que dure la condena y le suspende el derecho a la patria potestad sobre su hija los 18 meses que dura el castigo.
La Fiscalía había pedido seis años para el guardia civil por considerar que estaban demostrados los delitos continuados de abusos contra ambas; sin embargo, la juez ha entendido que contra la pequeña ha habido un único delito de abuso.
Además, deberá indemnizar con 30.000 euros por el daño moral causado a su esposa, en su condición de heredera de su hija Patricia, que falleció tras arrojarse al Metro 'por no aguantar la presión' tras haberse presentado la denuncia, según explicó la familia. Pagará asimismo 6.000 euros a la hija pequeña, Andrea, igualmente por los daños morales correspondientes al delito reconocido.
La sentencia, no obstante, no es firme ya que se puede presentar en el plazo de diez días hábiles un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid.
Abusó durante 7 años de la niña que se suicidó
En el caso de Patricia el acusado reconoció la existencia de dos actos concretos, que refiere como 'tocamientos y no abusos' cuando la hijastra 'estaba dormida'.
Igualmente, señala la retirada de la patria potestad de su hija menor, víctima del delito, 'por el gravísimo agravio interferido por el acusado' a la institución de la que era titular pero que, aparte de considerarle 'merecedor de riguroso reproche', le devuelve la custodia al término de la condena, es decir, en 18 meses.






























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