Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

sábado, septiembre 26, 2009

RCPI - Perú expresa que argumento de fiscal Acuña Deza de no ordenar captura de pedófilo por "pruebas insuficientes" demuestra negligencia

Lima - Perú.- (Prensa de la RCPI - Perú) El representante de la Red Peruana contra la Pornografía Infantil, Dimitri Senmache Artola, expresó su asombro al conocer el "argumento" de la señora Fiscal Acuña Deza, encargada de las investigaciones contra el abogado y profesor universitario Mario Ricardo Luna Bedoya, a quien se le encontró material pornográfico infantil en su computadora. Sobre dicho argumento, el Lic. Senmache indicó que ello sólo demuestra el poco o nulo conocimiento que maneja la señora Fiscal en torno a los delitos relacionados al abuso y la explotación sexual infantil.
"Indicar que 'pruebas no eran suficientes para su captura', en circunstancias en que el investigado ya no está ubicable, porque al parecer ya se dio a la fuga, sólo busca encubrir una triste negligencia nacida del desconocimiento del funcionario sobre la materia y el temor que muchas veces sienten de acusar a un abogado con posibles influencias, como es el caso del señor Luna Bedoya, ex jefe de Gabinete de Asesores del Ministerio de Trabajo y catedrático de dos prestigiosas universidades. Demuestra además el poco conocimiento de los fiscales en relación a los delitos de abuso y explotación sexual infantil, puesto que si no lo saben, 1 de cada 3 personas que almacena pornografía infantil ya ha abusado de un menor de edad o terminará haciéndolo en poco tiempo. Deben recordar los señores fiscales que, a diferencia del delito de pornografía infantil, donde la pena oscila entre los 4 y 12 años de cárcel, la violación sexual de un menor de edad tiene una pena no menor de 25 años y casi siempre los acusados que se ven acorralados con pruebas contundentes, terminan fugándose. La pregunta que flota en el aire es ¿y el interés superior del niño dónde queda?" señaló el experto.
Cabe mencionar que la RCPI - Perú es una institución que viene enfrentando el abuso y la explotación sexual infantil no sólo en el Perú sino, por intermedio de sus socios, en casi toda América Latina.
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