Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

sábado, julio 28, 2007

Presidente de Costa Rica rubricó la Ley de Fortalecimiento de la Lucha contra la explotación sexual de las personas menores de edad

San José - Costa Rica.- El presidente de la república, Oscar Arias Sánchez, le pone el ejecútese a la ley que aumenta las penas en casos de explotación sexual comercial contra menores de edad. “La firma de esta ley no es suficiente. Tiene que ser complementada con un cambio de actitud ciudadana, con la convicción profunda de que todos compartimos nuestra responsabilidad en esta lucha. Tiene que ser complementada con la comprensión de que no basta luchar contra la explotación sexual infantil, porque ella sólo surge cuando existen ciertas condiciones disfuncionales en el seno de nuestra sociedad. La firma de esta ley no es suficiente. Pero sí es, en definitiva, necesaria”, dijo el mandatario, al suscribir la ley de Fortalecimiento de la Lucha contra la explotación sexual de las personas menores de edad, la misma que incluye la reforma y adición de varios artículos al Código Penal, y la reforma de varios artículos del Código Procesal Penal, con lo que se incrementa la protección a este sector de la población.
El mandatario destacó que la explotación sexual infantil no es un mal exclusivo de Costa Rica, ya que según datos de la Unicef, 1 millón 800 mil niños son explotados sexualmente en el mundo, en una oscura industria que mueve alrededor de $12 000 millones cada año.
Agregó que, sumado a lo anterior, se debe reconocer que el problema de la explotación sexual infantil, tiene raíces muy profundas que emanan de variables sociales tan complejas como la pobreza, la desigualdad, la falta de oportunidades, la drogadicción, la deserción escolar, la inseguridad ciudadana y la desintegración familiar. Nuestra estrategia de lucha contra la explotación sexual infantil no sólo exige la participación de todos los costarricenses, sino que exige también que alcancemos a comprender que no se trata de una lucha aislada: es uno de los tantos frentes de nuestra lucha por un país más justo, más equitativo, más solidario, más educado, más sano y más seguro”, aseveró Arias Sánchez.
65 personas procesadas por delitos sexuales
En cuanto al tema de represión, entre 1999 y setiembre del 2006, se procesó a 65 personas por el delito de relaciones sexuales remuneradas, procesos de los cuales resultaron: 35 condenadas, 10 con señalamiento a juicio pendiente, 5 en estado de rebeldía, 1 sobreseimiento definitivo, 1 con suspensión a prueba, 6 pendientes señalamiento de audiencia y 6 absueltos.
Además, durante el citado período, el PANI en conjunto con el Ministerio de Seguridad Pública, ejecutó 280 operativos en centros nocturnos, bares, cantinas, prostíbulos y otros. Finalmente, en el tema de pornografía infantil se reportan a nivel judicial 65 denuncias de difusión de pornografía, y 21 denuncias de fabricación o producción de este tipo de material. PANI avanza.
Según datos del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), entre los principales logros de esta institución, en cuanto al tema de la prevención destacan: 4 campañas preventivas nacionales, regionales y locales; la capacitación de más de 10 mil personas (sociedad civil y funcionarios públicos) que recibieron capacitación y sensibilización por medio de talleres.
Además, se logró la implementación del proyecto de Seguridad Infantil en Internet; también más de 60 mil niños, niñas y adolescentes participaron en talleres sobre sus derechos.
Penas más duras
• Se aumentó la edad de protección de las personas menores de edad de 12 a 13 años en violación (156), relaciones sexuales con personas menores de edad (159), abusos sexuales (161), corrupción (168), rufianería (171).
• Se penaliza la fabricación de material pornográfico.
• Se penaliza la tenencia de material pornográfico en el que aparezcan menores de edad (art 173 bis).
• La prescripción corre a partir de que la víctima cumpla la mayoría de edad.
• Se delimitan con mayor claridad líneas de parentescos para la clasificación de delitos, y el de relaciones de poder o confianza.
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