Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

miércoles, agosto 15, 2007

Cuidado con los programas de descarga directa o Peer to Peer (P2P)

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Estimados amigos que siempre nos visitan, especialmente a ti que eres padre o madre y que tienes un menor de edad a tu cuidado. Hoy queremos llamar tu atención sobre los peligros que esconden esos programas que quizá utilizas para descargar música o algún video de tu grupo favorito. Posiblemente no lo sabes, pero esos programas no son sólo usados para esos fines, sino que principalmente sirven para otros menos alegres y mucho más horrendos de lo que mente alguna pudiera imaginar.
¿Qué son los programas Peer to Peer?
Son programas de intercambio de archivos y descarga directa, los cuales utilizan como base de datos los archivos que son compartidos por los usuarios de dicho programa. Entre los que más se utilizan se encuentran: Ares Galaxy, Kazaa, eDonkey, Emule, IMesh, Gnutella, Freenet, Shareaza, entre otros.
La enciclopedia electrónica Wikipedia lo describe como “una red que no tiene clientes ni servidores fijos, sino una serie de nodos que se comportan simultáneamente como clientes y como servidores de los demás nodos de la red. Las redes de ordenadores Peer-to-peer (o "P2P") son redes que aprovechan, administran y optimizan el uso de banda ancha que acumulan de los demás usuarios en una red por medio de la conectividad entre los mismos usuarios participantes de la red, obteniendo como resultado, mucho mas rendimiento en las conexiones y transferencias que con algunos métodos centralizados convencionales donde una cantidad relativamente pequeña de servidores provee el total de banda ancha y recursos compartidos para un servicio o aplicación. Estas redes se usan muy comúnmente para compartir toda clase de archivos que contienen: audio, video, texto, software y datos en cualquier formato digital. Cualquier nodo puede iniciar, detener o completar una transacción compatible. La eficacia de los nodos en el enlace y transmisión de datos puede variar según su configuración local (cortafuegos, NAT, ruteadores, etc.), velocidad de proceso, disponibilidad de ancho de banda de su conexión a la red y capacidad de almacenamiento en disco”.
En palabras más sencillas, ¿cómo funciona?
Cuando un usuario de Internet instala un programa P2P en su computador, el programa ubicará una serie de archivos de su máquina (videos, música, imágenes, documentos, programas, etc.) y los compartirá con otros usuarios del mismo programa. De igual forma, los archivos de otros usuarios podrán ser utilizados por todos los que se encuentren conectados a dicho programa. Así, si yo tengo en mi computador la última canción del grupo de moda, alguien conectado a un programa P2P similar al que utilizo, podrá descargar esa canción. Mientras más personas participen de un programa P2P, el número de archivos para descargar será mayor.
Pero cuidado, si la persona que se conecta a uno de estos programas no sabe como configurarlo, podría estar compartiendo TODOS sus archivos, los más privados o personales, con cientos de miles de usuarios, quizás millones, en todo el mundo.
Pero ¿cómo sabremos si lo que estamos descargando es seguro?
No lo sabremos nunca. El primer problema con el que un usuario de estos programas se encuentra es que al descargar archivos de otros usuarios totalmente desconocidos por él, no sabremos a ciencia cierta si estos archivos se encuentran o no infectados con virus, o peor aún, si han sido puestos en la red únicamente para infectar máquinas y robar datos.
La mayoría de estos programas terminan por infectar las máquinas que los utilizan, haciéndolas más lentas e inservibles cada día.
Y dejando de lado los virus y archivos malignos que podemos descargar por error o engaño a través de programas P2P, ¿qué otros peligros encierran?
Los peligros que acechan en el interior de los programas de intercambio de archivos por descarga directa (P2P) son muy complejos.
Ya se ha descrito la imposibilidad de conocer realmente si lo que uno descarga vía P2P es un archivo real o un “fake” (truco) para infectar nuestra máquina o robar algún dato de ella. Sin embargo, existen otros peligros que no sólo ponen en riesgo la “salud” de nuestra máquina, sino que además convierten a nuestros hijos en víctimas potenciales de redes de pederastas y pedófilos que se mueven es estos espacios para cargar y descargar material fotográfico y de video que muestran sus crímenes sexuales cometidos contra menores de edad, llegando incluso a encontrarse en estos programas imágenes y videos de bebés de meses de nacidos siendo brutalmente violados.
Estos criminales han visto en los programas P2P el mejor espacio de intercambio anónimo, y los saben utilizar muy bien, creando nuevas redes y canales de chat privados, en los que directamente y sin conocerse unos con otros, intercambian las pruebas (archivos llamados "amateur" o "caseros") de su horrendo delito de la forma más impune, convirtiéndose la tecnología en el mejor aliado de estas redes de depravados sexuales.
Pero, ¿cómo es que las autoridades de los diferentes Estados y los creadores de estos programas permiten que se desarrolle un mercado internacional de intercambio de pornografía infantil sin hacer nada?
Bueno, aquí se mezclan muchos factores que sumados todos dan como resultado un espacio de total impunidad. En primer lugar diremos que las empresas que promueven el uso de estos programas tienen como objetivo y meta única el ánimo de lucro. Por otro lado, los gobernantes han demostrado ya su absoluta falta de interés y de decisión de atacar estos espacios, escudándose muchos de ellos en conceptos como “inviolabilidad de las comunicaciones”, “libertad de mercado”, etc. En otros casos, es el desconocimiento total de las herramientas que brindan las nuevas tecnologías lo que hace que los líderes políticos no vean peligros tan obvios que conllevan el uso de estos programas. Existen también, aunque en menor grado, la complicidad con estos delitos, pues estas redes de pedófilos y pederastas, así como las empresas proveedoras de software P2P no están desconectadas ni con el poder económico ni con el político.
¿Por qué existen estos programas?
Indudablemente, una regla del mercado es que “la demanda genera el servicio”. Hoy en la Internet existe un gran número de usuarios (cientos de miles, quizás millones) que ven en el uso de estos programas la mejor forma de conseguir, vía descarga directa, archivos de música y video.
¿Qué hacer frente a tan amarga realidad?
Debemos expresar nuestro rechazo a estos tipos de espacio que dejan libre la posibilidad de que queden impunes delitos tan graves como lo son la Explotación Sexual Comercial infantil y la Pornografía Infantil. Los padres de familia deben velar porque sus hijos no utilicen estos programas sin vigilancia y restringir el tiempo de su uso. Asimismo, la sociedad civil organizada debe exigir se tomen medidas reales y drásticas contra las empresas que proporcionan estos software, en tanto no posibiliten la identificación de las personas que cargan o descargan material pornográfico. Hay que tener en cuenta que estamos hablando de delitos que vulneran la salud e integridad física y psicológica de niños y niñas, que bien podrían ser nuestros propios hijos.
¿Qué hace la Red Peruana contra la Pornografía Infantil para enfrentar por mientras estos delitos?
La RCPI - Perú ha venido denunciado estos hechos en cuanto espacio ha tenido oportunidad de estar y lo seguirá haciendo, indicando contundentemente que: casi la totalidad de las redes de productores, consumidores y distribuidores de pornografía infantil desarrollan sus actividades por medio de estos programas. Y las empresas que proporcionan estos software SON COMPLICES, puesto que no hacen nada para evitar que pedófilos y pederastas se den cita en estos espacios.
Patrullando la Web
No obstante, nosotros tenemos el deber de estar por delante de ellos. Por tal motivo, la RCPI - Perú está poniendo en práctica un nuevo método que servirá para ubicar a estos cobardes que sienten que son "anónimos". Ya nos encontramos recolectando los datos de estos usuarios que comenten el delito de pornografía infantil, y pronto tendrán novedades.
Recomendación final
Por mientras, recomendamos no utilizar estos programas, que además son perfectos para infectar máquinas con virus espías, y, en caso que no deseen dejar de usarlo, vigilar que los menores no descarguen nada que los ponga en riesgo.
Recuerden: todo aquel que cargue o descargue Pornografía Infantil está cometiendo un grave delito, y pronto lo ubicaremos.
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(*) Es Presidente de la RCPI - Perú. Especialista en lucha contra la Pornografía Infantil y la ESCI
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7 Comentarios:

  • A la/s 2:43 p. m., Anonymous Anónimo dijo...

    Estimados Sres.
    Indudablemente debemos luchar TODOS contra la Pornografía Infantil, pero de forma coherente.

    Ver las nuevas tecnologías como la amenaza del futuro y tildar casi como de demoniaca a la red P2P, me parece que no es un buen remedio.

    Debemos educar, educar y educar.
    Denunciar y denunciar de forma coherente y con las pruebas suficientes. La tenencia de un solo archivo puede ser un descuido/error/despiste. No podemos arruinar las vidas de personas que nada tienen que ver con la pedofilia. En España existen médotos como el rastreador Hispalis que detecta al menos cinco o más archivos a un usuario. NO HAGA USTED UNA CAZA DE BRUJAS CON LOS INTERNAUTAS PERUANOS!

    Si quiere una lucha coherente, hagamos algo para acabar con los creadores de este tipo de material y los que pagan por ello.

    Saludos desde España

     
  • A la/s 7:03 p. m., Blogger Red Peruana contra la Pornografía Infantil dijo...

    Gracias por escribirnos siempre y enviarnos sus comentarios, críticas y preocupaciones.

    Sobre el comentario del amigo anónimo de España, queremos indicar lo siguiente:
    a. La RCPI - Perú no intenta demonisar la Internet o un programa en especial, ello sería poco inteligente de nuestra parte.
    b. En la RCPI - Perú entendemos que la Internet o cualquier programa son sólo instrumentos, y como tales, pueden ser correcta o incorrectamente utilizados, ya sea por error o por voluntad. Por ello nuestro objeto es llamar la atención de los ínternautas, en especial de los padres de familia, para que hagan correcto uso de estos instrumentos y que sepan los riesgos de no hacerlo.
    c. En el artículo en referencia, la RCPI - Perú ha señalado lo que existe, lo real, lo que es. Nada de lo descrito es imaginación ni ha sido inventado por el autor. Todo usuario de Internet, con un nivel mínimo de conocimiento, sabe que el comercio e intercambio de PORNOGRAFIA INFANTIL se da utilizando generalmente estos tipos de programa. Y a pesar de que son varios los delitos que se comenten por este medio, el que llama nuestra atención es aquel que utiliza sexualmente a NIÑOS para abusar de ellos. Por ello, no encontramos otro modo de llamar la atención que decir lo que ocurre de la forma más simple y cruda.
    d. Aquella persona que conozca de nuestras acciones, tanto fuera como al interior de la Internet, sabrá que la educación es uno de los instrumentos utilizados por nosotros para inculcar una cultura de la prevención. Las charlas, talleres, seminarios, foros, así como la producción de revistas, folletos, separatas y libros sobre los temas relacionados a la P.I. no son sino una manifestación de nuestro interés por EDUCAR.
    e. Otra de nuestras acciones que realiza la RCPI - Perú es la denuncia. Y como institución seria y respetuosa de nuestros objetivos, ninguna denuncia se realiza sin una investigación previa. Los éxitos institucionales se han demostrado ya con diversas capturas que las fuerzas policiales peruanas y de algunos países latinoamericanos han realizado con información proporcionada por nosotros. Decir por ello o tan sólo insinuar que podemos denunciar a una persona por capricho, sin sustento y sin pruebas es totalmente inexacto.
    f. En el Perú, como en algunos países del resto del mundo, la sola tenencia de un archivo de pornografía infantil ya es delito. Ojo, la tenencia no se demuestra sino cuando una persona POSEE formalmente un archivo fotográfico o fílmico en donde se muestre a un menor de edad en actos sexuales explícitos, reales o simulados. Nadie por "error o descuido" va a tener entre sus pertenencias (en un CD, en su correo electrónico, en sus archivos o impreso) fotos o videos de sexo con menores. Si por error (muy improbable) o por simple curiosidad una persona accediera a una página o foro de este tipo, deberá inmediatamente denunciar esta página. Si alguien le remitiera un correo con alguna imagen de pornografía infantil por “error”, deberá borrarlo y no GUARDARLO ni mucho menos INTERCAMBAIRLO. El hacerlo es DELITO en el PERU y en ESPAÑA.
    g. Sobre los métodos que proporciona el buscador-rastreador HISPALIS, estamos solicitando formalmente a España que puedan facilitarnos el uso de dicho programa para nuestro trabajo. Sin embargo, contamos con otros instrumentos y programas que nos facilitan ubicar a los usuarios que cargan o descargan Pornografía Infantil al Internet. Además, estamos desarrollando un programa que nos proporciona el IP de aquellos que comparten (Y ESO NO ES ERROR NI DESCUIDO) pornografía infantil por medio de programas Peer to Peer.
    h. La RCPI - Perú nunca propondrá una caza de brujas ni mucho menos. La única caza que si propiciaremos y auspiciaremos será la de los PEDOFILOS y PEDERASTAS.

    Saludos desde Perú

     
  • A la/s 2:37 p. m., Anonymous Anónimo dijo...

    Buenas noches
    Tan solo les quiero hacer una reflexion:
    Ustedes dicen que estan usando un programa que les indica la IP del usuario que COMPARTE un archivo con contenido pedofilo.
    Pues bien, y si resulta que por error (si, es posible) te estas descargando un archivo de este tipo (porque tiene el nombre cambiado por ejemplo)?
    Quiero decir que con un programa P2P el simple hecho de descargar tambien implica COMPARTIR lo que te estas descargando...
    Imagino por tanto que cuando se refieren a COMPARTIR se refieren archivos completos al 100% no?
    Porque de otro modo, todos seriamos sospechosos de COMPARTIR pedofilia y no es asi.

     
  • A la/s 6:10 p. m., Blogger Red Peruana contra la Pornografía Infantil dijo...

    Estimados amigos, cuando hablamos de rastrear la IP de una persona que comparte pornografía infantil hablamos de aquella persona que tiene archivos de imágenes, videos o audios en su disco duro o en un medio de almacenamiento (CD, Memoria USB, celular, Memory Stick, o similares) en los que estén implicados menores de edad en actividades sexuales explicita, reales o simuladas, o toda representación de las partes genitales del menor con fines primordialmente sexuales; y que permite que una persona conocida o no pueda descargar dicho material desde otra computadora.
    Es importante que se entienda que NADIE puede decir que POR "ERROR", tiene archivos de esa clase en su computadora. Si los tuviese estaría cometiendo un delito.
    Si alguien, al estar descargando un archivo, por error descargara una imágen o un video de pornografía infantil, inmediatamente debería borrarlo de su computadora y dar cuenta de este hecho a las autoridades. La indiferencia ante este delito también nos hace cómplices.
    Nosotros como institución tenemos profesionales altamente calificados en informática y electrónica, lo que nos permite determinar cuando una descarga se da por error y cuando un usuario descarga este tipo de material de forma sistémica y contínua.

    Un saludo a todos.

     
  • A la/s 8:08 a. m., Anonymous Anónimo dijo...

    Hola les escribo desde Chile y los felicito por su lucha en contra de la pornografía de menores de edad. Es el deber de todas las personas del mundo luchar para que se uniformen las legislaciones del mundo, y se castiguen los mismos supuestos en todas partes en esta materia, para que no existan oasis de impunidad para estas personas. Pero también no hay que sancionar al que se equivoca en las descargas, osea pensaba que descargaba otra cosa y se encuentra con que es pornografía de menores de edad. También la ley no puede sancionar al que se equivoca en la navegación en internet y al hacer un clic llega a una página de menores, cuando su intención y su creencia era llegar a una página de personas mayores de edad.
    Estoy de acuerdo con la persona que escribe desde España DE QUE NO DEBEMOS ARRUINAR LA VIDA DE PERSONAS, QUE PUEDEN HABER INCURRIDO EN UN ERROR, DESCUIDO, DESPISTE O INCLUSO LLEGAR POR EQUIVACIÓN A UNA PÁGINA O BAJAR UN ARCHIVO CREYENDO QUE ES OTRA COSA. O INCLUSO SE LES PUEDE METER UNA INFECCIÓN, POR EJ: UN TROYANO QUE LE BAJE A SU COMPUTADOR MUCHAS PÁGINAS DE MENORES.Esto podría pasar si se pasa por alguna página de internet, que tenga conexión con esa infección, puede ser por ejemplo una página de pornografía legal. Y se debe dar que nuestro PC sea vulnable a esa infección, por ej: no tenga el antivirus actualizado o que este esté vencido o no tenga el o los antispywares actualizados o no tenga funcionando su cortafuegos. Por ello es necesario tener buenos programas de seguridad ante las infecciones de internet.
    Pero sin duda se debe terminar con esta impunidad de los pedófilos en los programas p2p y no se le puede dejar ningún espacio de acción libre para que cometan sus delitos ya sea en internet o en cualquier otra parte del mundo.
    PERO NO DEBEMOS DEMONIZAR ESTOS PROGRAMAS, pués son muy buenos y utiles para compartir infinidad de cosas, PERO LO QUE HAY QUE HACER ES SACAR LA PORNOGRAFÍA DE MENORES Y A LOS PEDÓFILOS DE SU PARTICIPACIÓN IMPUNE DE ESOS PROGRAMAS.
    Afectuosamente desde Chile para mis hermanos peruanos Juan Silva.

     
  • A la/s 2:43 a. m., Anonymous Anónimo dijo...

    Hola nuevamente:
    Se me olvidaba mencionar que SI una persona se puede equivocar al descargar archivos p2p, porque la persona que le coloca un título a un determinado archivo que va a compartir, puede colocarle el título que le plazca. Y la persona que va a descargar se guia por ese título, y quien está descargando puede por ejemplo irse a comer a otro lugar y dejar su computador descargando, y cuando vuelve a ver la descarga se encuentra con que es pornografía de menores.
    Existe en algunos programas p2p la función de "vista previa", y en el caso de la descarga de videos quien descarga puede ver que lo que está descargando. Pero muchas veces esa función de vista previa no funciona bien y la pantalla se ve negra, osea la persona no vería el video que está descargando. También es posible que falle el audio, es algo que podría darse. Y entonces la persona no sabría lo que descarga hasta que la descarga esté completa, y al final de la descarga se podría encontrar con que es pornografía de menores.
    Además, como dije, puede pasar simplemente que la persona dejó descargando el o los archivos p2p, y se fue a otro lado, por ejemplo a comer o salió de el lugar donde estaba el PC, y cuando vuelve se encuentra con que lo descargado es pornografía de menores.
    Como ustedes dicen en la mayoría de las legislaciones del mundo se sanciona a quien almacene material pornográfico de menores de edad. Pero como he señalado pueden darse errores en las descargas. Considero que no debería sancionarse a quienes les apareció en la descarga un archivo diferente al que buscaban, es una cuestión de toda justicia no sancionarlo, porque no supo lo que descargó hasta que la descarga estuvo completa.
    Obviamente el evaluar si a una persona le apareció un contenido diferente al que buscaba en su o sus descargas (porque puede haber estado realizando muchas descargas simultaneas) debería ser una cuestión que determinen los tribunales del crimen de cada país. Planteo esto, porque la tecnología avanza más rápido que la legislación, y el mundo de internet es sumamente complejo y no hay que presumir intenciones. Pués la presunción de inocencia es un derecho humano básico en toda justicia.
    Porque tan importante como castigar a los culpables es proteger a los inocentes, este es un principio básico que debe respetar toda legislación para ser justa y dentro de la justicia respetuosa de los derechos humanos.
    Nuevamente me despido con mucho aprecio para todos mis hermanos peruanos, desde Chile Juan Silva.

     
  • A la/s 8:44 a. m., Blogger Red Peruana contra la Pornografía Infantil dijo...

    Estimados amigos, estimado Juan Silva, gracias por los comentarios y por plantear una discusión en torno a cuándo comienza el delito, si con la sola muestra de la imagen o con la posesión de la misma.
    Sobre el particular, en los puntos anteriores ya lo hemos comentado. Si una persona "por error" al estar descargando una imagen o video, se diera con la sorpresa que lo que ha descargado es en realidad un material pornográfico infantil, lo lógico es que lo borre y no lo guarde en su computadora, ni lo almacene ni mucho menos lo vuelva a publicar o enviar a alguien más. Ello si constituiría un delito grave.
    Es cierto que cuando uno descarga en redes P2P se expone a recibir archivos con virus, erróneos o totalmente diferentes a los que pensaba. Pero cuando se trata de pornografía de menores, los Estados no buscan penalizar el error o la casualidad, pues todo delito tiene como característica esencial e inherente el DOLO, es decir que, lo que se penaliza es la actitud de cometerlo a sabiendas de que está mal lo que se hace.
    Por ejemplo, ahora que casi siempre recibimos numerosos correos SPAM, nos llegara a nuestro buzón un correo conteniendo imágenes o videos de pornografía infantil, o enlaces hacia páginas de ese tipo, ello no constituiría por sí mismo un delito del cual nos pudieran culpar por recibirlo. Quién ha cometido el delito es quien nos lo ha enviado. Sin embargo, si nosotros guardamos ese correo con las imágenes o videos que ahí se muestran, o descargamos tales imágenes o videos en nuestro computador, o ingresamos a esas páginas y descargamos el material que ahí se muestra, estaríamos siendo parte del delito y podríamos ser luego procesados por el delito de pornografía infantil en la modalidad de tenencia. Si luego de ello, se lo reenviamos a un tercero estaríamos cometiendo nuevamente el delito de pornografía infantil en la modalidad de promoción o difusión.
    Como ven, el tema de penalizar la posesión no debe ser visto tampoco como una cacería de brujas. Debemos tener siempre presente que cuando se procesa a una persona y se le culpa de posesión, serán los jueces los que determinarán si esta persona realmente actuó con dolo o simplemente se le encontró un archivo el cual descargó por “error”. En todo caso, deberá explicar el porque si por error lo descargó, no lo borró luego. Y si se le encuentra una cantidad importante de material, indudablemente el esgrimir “un error” no lo salvará de la condena.

    Dimitri Senmache
    Presidente RCPI-Perú

     

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