Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

viernes, julio 11, 2008

La pornografía infantil ya supone el 60 por ciento de los delitos en internet

España.- (Sara Soto - LNE) ¿Es delito poseer imágenes de la comisión de un crimen? En teoría, no. Pero el caso de la pornografía infantil es una excepción, ya que la mera posesión de fotos y vídeos para autoconsumo se ha tipificado como delito en el Código Penal. Javier Gustavo Fernández Teruelo, abogado penalista y profesor de Derecho en la Universidad de Oviedo, explicó ayer las especificidades de este ciberdelito de plena actualidad en una ponencia del curso «Protección jurídica del internauta».
La difusión de material pedófilo supone ya el 60% de los delitos cometidos en la red porque, según este experto en Derecho Penal, «es una de las conductas más adictivas». Pero la pedofilia no es un fenómeno que haya aparecido parejo a la llegada de internet sino que el acceso masivo a este nuevo medio potencia el tráfico de pornografía infantil, haciéndolo más visible.
«Antes de internet no había medios, la difusión se hacía individualmente, mano a mano. Y ahora nos damos cuenta de que hay cientos de miles de personas que disfrutan sexualmente con la contemplación de imágenes de niños en conductas sexuales, violentas o no», apuntó Fernández Teruelo.
Precisamente por esa ausencia de canales de distribución, en España sólo era castigada la captación de imágenes. Sin embargo, actualmente son penadas también la distribución y la posesión, ya sea finalista o bien para autoconsumo, incluso aunque se desconozca el origen del material o proceda del extranjero.
La calificación de la posesión de pornografía infantil como delito es controvertida entre los expertos en Derecho Penal pues, como afirmó el ponente, «no acabamos de tener claro qué bien jurídico se lesiona», ya que no sería lícito «castigar la moralidad sexual». La conclusión del colectivo es que el consumo potencia un mercado cuya demanda se alimenta con producción de nuevas imágenes que requieren la comisión de un crimen para ser captadas, procedentes en su mayoría de países del Tercer Mundo.
El perfil del pedófilo es un profesional de clase media-alta, varón, de entre 35 y 40 años, aunque «podría ser cualquiera; no hay limitaciones». Pese a que no se encuentran motivados por el ánimo de lucro, el llamado «pirata altruista» es apenas existente en estos casos, pues el objetivo de la difusión es abastecerse de más material. El intercambio se produce en comunidades virtuales cerradas y sus usuarios se amparan en una cierta sensación de anonimato.
Pero lo cierto es que los cuerpos tecnológicos de la Policía Local y la Guardia Civil pueden rastrear sus datos bajo autorización judicial, ya que prácticamente todos los contenidos pornográficos de las redes P2P están controlados.
Sin embargo, la proliferación del tráfico de este tipo de imágenes desborda la capacidad operativa de estos cuerpos, por lo que actualmente se realiza una investigación selectiva; es decir, cuando se detecta un volumen de descargas que indica la existencia de una red potente de intercambio.
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