Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

miércoles, julio 29, 2009

En Chile: informan que aproximadamente 3800 menores de edad son víctimas e explotación sexual

Viña del Mar.- (Actualidad Terra) El subsecretario de Justicia, Jorge Frei, junto al director del SENAME, Eugenio San Martín, dieron a conocer las cifras que dan cuenta de la dura realidad que viven más de 3.800 niños en Chile que al año se ven involucrados en redes de explotación sexual comercial infantil. Las cifras correspondientes a un estudio realizado por la OIT y SENAME, revelan un fenómeno que esconde cifras negras en la actualidad, porque ocurre generalmente en la clandestinidad, al interior de recintos privados, burdeles y otros sitios de alta vulnerabilidad social.
El subsecretario de Justicia, Jorge Frei, enfatizó que “junto con afianzar las estrategias de intervención, y las políticas de prevención, con atención sico-social y reparación a las victimas, lo importante es generar una nueva mirada al trato que se les da a los niños y niñas involucrados en situaciones de maltrato sexual, quienes son víctimas de esta explotación y no partícipes de una transacción sexual voluntaria
Por otra parte, el subsecretario Frei, puntualizó que “Chile no sólo está en pie de ajustar cada vez más la legislación que nos acerque al ideal buscado por la Convención de los Derechos del Niño, cual es el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes, como sujetos de derecho. Sino también, estamos fortaleciendo el marco legal que emana de la ley 19.927 que entró en vigencia en enero de 2004, y que establece una serie de modificaciones para la tipificación del delito de explotación comercial sexual infantil”.

Entre estas modificaciones se cuentan:

- Se eleva de 12 a 14 años, la edad en que una persona menor de edad puede consentir una relación sexual.
- Se aumentan las penas para delitos de abuso sexual, estupro y producción de material pornográfico infantil, de acuerdo a estándares internacionales.
- Se establecen penas accesorias (como inhabilidades para trabajar con personas menores de edad y obligación de informar domicilio).
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