Red Peruana contra la Pornografía Infantil

Asociación Civil sin fines de lucro, que busca la erradicación de las redes de productores, distribuidores y consumidores de pornografía infantil en el Perú y Latinoamérica, principalmente de aquella que se ejecuta vía Internet. Asimismo, lucha contra la Trata de Personas, la Explotación Sexual Comercial Infantil y el Tráfico de niños, niñas y adolescentes, trabajando en coordinación con otras instituciones que persiguen similares fines.

martes, enero 26, 2010

Aprueba congreso imprescriptibilidad en el delito de abuso sexual infantil

Oaxaca - México.- (NSS Oaxaca) Acorde con diversos tratados internacionales y como una medida de protección a los menores de edad, la LX Legislatura local aprobó por unanimidad, reformas al Código Penal del Estado de Oaxaca para determinar la imprescriptibilidad de la acción penal en los delitos sexuales conocidos genéricamente como actos de pederastia y no establecer límites de tiempo para entablar acciones penales en contra de quienes comenten estos hechos que laceran la vida de las víctimas.
Con tal modificación, que consiste en la adición del artículo 122 bis, se podrá castigar al victimario no importando los años que hayan transcurrido, toda vez que la legislación hasta ahora vigente dispone plazos de prescripción que se calculan considerando la media aritmética de las acciones mínima y máxima que corresponden al delito en cuestión, con lo cual muchos de los responsables quedaban sin castigo.
En la sesión ordinaria de este jueves, el diputado Jaime Aranda Castillo, integrante de la Comisión Permanente de Administración de Justicia, encargada de elaborar el dictamen, señaló que esta iniciativa, presentada por la Comisión para la Defensa de los Derechos Humanos de Oaxaca (CDDHO), se suma a las recientemente aprobadas por el Congreso y encaminadas a completar la armonización y la diversidad de sanciones corporales y pecuniarias que protegen y sancionan los delitos cometidos en perjuicio de los niños y adolescentes.
Mencionó que se han emitido diversos acuerdos internacionales en materia de protección a los menores de edad como la Declaración de los Derechos de los Niños, considerando que estos, por su falta de madurez física y mental, necesitan protección y cuidados. En el caso del abuso sexual infantil, del que se estima que los hechos denunciados son una mínima parte de los que suceden y que han sido equiparados por instrumentos internacionales con los crímenes de lesa humanidad, es de considerar los daños irreversibles que les causan.
En presencia del titular de la CDDHO, Heriberto Antonio García, el diputado Aranda Castillo puntualizó que en Oaxaca ha sido un reiterado reclamo social el proteger a los menores de edad, sobre todo cuidar su integridad sexual. Entendemos que se trata de una propuesta que sin duda generará polémica de naturaleza jurídica, sin embargo, es necesario reformar la legislación vigente y garantizar el pleno desarrollo físico y sexual de los menores de edad, dijo.
Por su parte, la presidenta de la Comisión Permanente de Equidad y Género, Perla Woolrich Fernández, del PAN destacó que si bien no es aumentando las penas como se inhibirán este tipo de delincuentes, la imprescriptibilidad permitirá proteger verdaderamente la integridad de los niños, niñas y adolescentes.
La adición del artículo 122 bis del Código Penal establece que la acción penal será imprescriptible cuando se trate de delitos cometidos en contra de la dignidad y desarrollo de las personas menores de edad previstos en los artículos 194, fracciones II a V, 195, 196, 241, 241 bis, 246, 247, 248 bis fracciones I a III, 255, 347 bis, y 348 bis F, que hacen referencia al abuso sexual, corrupción de menores, pornografía infantil, privación ilegal de la libertad, conductas relativas a la trata de personas y otras.
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