Obispos deberán informar a Roma si un sacerdote descarga pornografía infantil. Papa aprueba nuevas normas para erradicar los abusos sexuales

La segunda novedad consiste en ampliar en diez años más el plazo de prescripción canónica de estos delitos. Con independencia de la responsabilidad penal, que suele marcar un plazo de prescripción de diez años en buena parte de los países, el Derecho Canónico establecía procesos y penas internas de la Iglesia durante un período mucho más largo: diez años, pero no a partir del momento del delito sino del cumplimiento de los 18 años de edad de la víctima. Es decir, hasta que la víctima llegase a los 28 años de edad.
A partir de ahora la responsabilidad prescribe sólo a los veinte años desde que la víctima cumple los dieciocho. De ese modo, si un sacerdote abusa de un niño o una niña de ocho años, su responsabilidad ante los tribunales eclesiásticos se mantiene durante 30 años –es decir, hasta los 38 años de edad de la víctima-, aunque la responsabilidad penal ante los tribunales civiles haya expirado mucho antes.
La nueva Instrucción de la Congregación para la Doctrina de la Fe, consolida un conjunto de normas ya introducidas en el 2001 y el 2003, entre las que hay varias con carácter “excepcional” y que, por lo tanto, pierden su vigencia con la muerte del Pontífice. Por ese motivo, Benedicto XVI tuvo que confirmar las normas excepcionales aprobadas por Juan Pablo II en el 2003. La nueva Instrucción las convierte en ley de la Iglesia, y por lo tanto válida después del fallecimiento del Pontífice que las promulga.
Salvedad convertida en regla
En general, las nuevas normas favorecen la rapidez en resolver los problemas: suspensión de los encargos pastorales si hay denuncias creíbles, expulsión del sacerdocio, incluso por la mera vía administrativa sin necesidad de proceso si se confirma que son ciertas.
Aparte de las normas legales aprobadas ahora, el Vaticano presentará el próximo otoño un conjunto de directrices para las diócesis y conferencias episcopales que extiende al resto del mundo las “Normas Esenciales” aprobadas por el Vaticano el 8 de diciembre del 2002 pero solo para los Estados Unidos, donde están dando resultados muy eficaces, sobre todo el principio de “expulsión a la primera falta” en un tema tan grave y destructivo como es el abuso de menores por parte de un sacerdote.
En los países donde los obispos se tomaron en serio el problema, los nuevos casos de abuso han desaparecido de modo prácticamente total, y además se ha llegado, a través de comisiones independientes, a la identificación, reconciliación e indemnización de prácticamente todas las victimas.
Inglaterra y Gales, por ejemplo, son “terreno limpio” desde hace una década mientras que Estados Unidos y Australia están terminando la limpieza. Alemania y Austria van bien, pero Irlanda ha sido un caso penoso, y otros países todavía no han puesto manos a la obra.
Cuatro puntos (j. v. boo. roma)
- Pornografía infantil: Los obispos deberán informar a Roma si un sacerdote descarga pornografía infantil de Internet, ojea revistas o de algún modo consume productos de ese tipo. El objetivo es actuar a la primera “señal de alarma” sin esperar a que haya víctimas.
- Plazo de prescripción: A diferencia de los códigos penales, en que los delitos de abuso sexual sin violación suelen prescribir a los diez años, la responsabilidad canónica durará 20 años desde que la víctima cumpla 18, es decir, hasta que cumpla los 38 años.
- Laicos en tribunales: En lugar de exigir que todos los jueces de tribunales eclesiásticos sean sacerdotes con un doctorado en derecho Canónico –cada vez más escasos- , se admitirá también como jueces a laicos doctores en Derecho Canónico o simplemente licenciados.
- Directrices en otoño: Además de las normas legales aprobadas ahora, el Vaticano hará públicas en otoño un conjunto de directrices que extienden a todo el mundo las “Normas Esenciales” aprobadas por la Santa Sede para Estados Unidos en el 2002. Su aplicación será voluntaria.
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